De acuerdo con lo previsto en la Directiva 2006/7/CE de 15 de febrero, relativa a la Gestión de la Calidad de las Aguas de Baño, la Consejería de Sanidad y Consumo a través del Servicio de Sanidad Ambiental realiza un ” Programa de Control de la Calidad de las Aguas de Baño de Ceuta“, en el que se reflejan las características más relevantes de la vigilancia sanitaria que de tales aguas y conforme al Real Decreto 734/88 de 1 de julio realiza esta Ciudad Autónoma .
El criterio que preside la selección de la información que se presenta, es proporcionar al usuario los resultados semanales de la vigilancia de la calidad de las aguas de baño en cada uno de los puntos de muestreo analizados en el año 2006.
La secuencia zona de baño, punto de muestreo reproduce el orden en el que aparecen estos elementos al recorrer el litoral ceutí en orden contrario a las agujas del reloj .
Los requisitos para asignar la calificación sanitaria del agua de baño en un punto de muestreo, durante la temporada de baño, son los siguientes:
1.- Cada punto de muestreo es representativo de una zona de baño o una parte de ella.
2.- Los Métodos Analíticos usados en la determinación de cada parámetro son los oficiales.
3.- En cada Punto de muestreo se han controlado : Ph, Color, Aceites minerales, Fenoles, Residuos alquitranados, sustancias Tensioactivas, Materias flotantes, Transparencia Coliformes totales, Coliformes fecales, Estreptococos fecales y Salmonella..
4.- La frecuencia de muestreo es semanal |